# Guía Práctica - Ley N° 21.120 sobre identidad de género > [!ficha] Ficha de la ley > | | | > | --- | --- | > | **Norma** | Ley N° 21.120 | > | **Materia** | Identidad de género, registro civil, derecho de familia y no discriminación | > | **Publicación en el Diario Oficial** | 10 de diciembre de 2018 | > | **Entrada en vigencia** | 120 días después de la última publicación de los reglamentos del art. 26 · fecha ([Decreto 3 de 2019, MIDESO](https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1135462)) | > | **Normas que modifica** | Ley N° 19.947 (Ley de Matrimonio Civil), Código Civil y Ley N° 20.609 | > | **Reglamentos pendientes** | | > | **Texto vigente** | [Ver en LeyChile](https://www.leychile.cl/N?i=1126480) | > | **Versión considerada** | Texto vigente al 28.12.2022 según LeyChile, con la última modificación de la Ley N° 21.515 | > | **Temas tratados** | #Rectificación_Administrativa #NNA #Identidad_de_Género #Cédula_de_Identidad #Rectificación_Judicial #Disolución_Matrimonio #Discriminación | ![[Template - Aviso de excención de responsabilidad]] > [!criterio] ¿Qué establece la Ley 21.120 sobre la rectificación de sexo y nombre registral por identidad de género? > - La Ley 21.120 permite a toda persona cuya identidad de género no coincida con su sexo y nombre registral solicitar su rectificación, sin que se le puedan exigir tratamientos médicos o quirúrgicos.[^1] > - Las personas mayores de edad lo solicitan ante el Servicio de Registro Civil e Identificación,[^2] y las personas mayores de 14 y menores de 18 años lo hacen por medio de sus representantes legales ante el tribunal con competencia en materias de familia.[^3] > - Una vez rectificada la partida, la persona debe ser reconocida e identificada conforme a su identidad de género en los registros e instrumentos públicos y privados.[^4] ## 👥 A quién afecta > [!indice] > - **[[#Si eres mayor de edad y quieres rectificar tu sexo y nombre|🪪 Si eres mayor de edad y quieres rectificar tu sexo y nombre]]**<br> > - **[[#Si eres mayor de 14 y menor de 18 años|🧑‍🎓 Si eres mayor de 14 y menor de 18 años]]**<br> > - **[[#Si eres cónyuge de quien obtuvo la rectificación|💍 Si eres cónyuge de quien obtuvo la rectificación]]**<br> > - **[[#Si eres una institución pública o privada|🏢 Si eres una institución pública o privada]]**<br> > - **[[#Si eres isapre, Fonasa, AFP o IPS|🏥 Si eres isapre, Fonasa, AFP o IPS]]**<br> ### Si eres mayor de edad y quieres rectificar tu sexo y nombre - Puedes presentar la solicitud en cualquier oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación, sin importar tu domicilio o residencia.[^2] - Puedes obtener la rectificación de tu sexo y nombre registral hasta por dos veces.[^5] - La solicitud debe indicar los nombres de pila que reemplazarán a los actuales, y puedes conservar tus nombres si no resultan equívocos respecto de tu nuevo sexo registral.[^6] - Debes asistir con dos testigos hábiles a una audiencia especial, en la que declararán bajo promesa o juramento que conoces los efectos jurídicos de la rectificación, y no se te pueden pedir antecedentes adicionales.[^7] - El Director Nacional del Servicio debe resolver tu solicitud en un plazo máximo de cuarenta y cinco días desde su presentación.[^7] - Si eres extranjero, solo puedes rectificar tu sexo y nombre para obtener documentos chilenos, debes inscribir antes tu nacimiento en la oficina de Santiago del Servicio y debes acreditar tu permanencia definitiva en Chile.[^8] ### Si eres mayor de 14 y menor de 18 años - Puedes solicitar la rectificación de tu sexo y nombre registral, y al cumplir la mayoría de edad podrás pedir una nueva rectificación.[^9] - La solicitud la presentan tus representantes legales, o uno de ellos a tu elección, ante el tribunal de familia de tu domicilio.[^3] - Tienes derecho a ser oído directamente por el juez y un consejero técnico, y a ser oído en todas las etapas del procedimiento.[^10] - El juez puede ordenar informes psicológicos o psicosociales y otras diligencias, y en ningún caso puede decretar exámenes físicos.[^11] - Tú y tu familia pueden acceder a programas de acompañamiento profesional, cuyo informe de participación puede reemplazar uno de los informes que puede pedir el tribunal.[^12] ### Si eres cónyuge de quien obtuvo la rectificación - Si la rectificación se acoge por vía administrativa, el Servicio de Registro Civil e Identificación debe informártela.[^13] - Puedes pedir al tribunal de familia del domicilio de cualquiera de los cónyuges que ordene la disolución del matrimonio, dentro de seis meses desde esa notificación o información.[^14] - Ambos cónyuges pueden demandar compensación económica en ese procedimiento.[^14] - El juez resuelve con el solo mérito de la solicitud, y desde la sentencia los cónyuges se entienden divorciados para todos los efectos legales.[^14] - La rectificación no altera los derechos y obligaciones que provienen de las relaciones de familia.[^15] ### Si eres una institución pública o privada - Debes reconocer e identificar a la persona conforme a su identidad de género en los instrumentos que acrediten su identidad, una vez realizada la rectificación.[^16] - Las imágenes, fotografías, datos informáticos y demás registros en que figure la persona deben coincidir con su identidad de género.[^4] - No puedes exigir requisitos distintos de los que establece la ley ni condicionar el reconocimiento a intervenciones o tratamientos.[^17] - Los documentos de identidad originales no pueden ser usados, solicitados ni exhibidos en ninguna entidad pública o privada.[^18] - La información vinculada a los procedimientos de rectificación es dato sensible y debe tratarse conforme a la Ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada.[^19] - Está prohibido todo acto u omisión que importe discriminación arbitraria por razón de identidad o expresión de género.[^20] ### Si eres ISAPRE, FONASA, AFP o IPS - La Superintendencia de Salud informará a la isapre en que cotice la persona del cambio de sexo y nombre registral, y la isapre debe registrarlo.[^18] - La Superintendencia de Pensiones informará a la AFP o al Instituto de Previsión Social (IPS) en que cotice la persona, y la institución debe registrar el cambio.[^18] - El Fondo Nacional de Salud (FONASA) recibe la información directamente del Servicio de Registro Civil e Identificación y debe registrar el cambio.[^18] - La rectificación no afecta las garantías, derechos y prestaciones de salud que correspondían a la persona antes de la inscripción del cambio.[^15] - El número de rol único nacional (RUN) se mantiene para todos los efectos legales.[^18] - Toda comunicación entre instituciones sobre la rectificación debe tratarse conforme a la Ley N° 19.628.[^18] ## 🔍 Qué cambia ### El reconocimiento no depende de tratamientos médicos - La ley entiende por identidad de género la convicción personal e interna de ser hombre o mujer, tal como la persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no con el sexo y nombre de su inscripción de nacimiento.[^21] Ningún órgano administrativo o judicial puede exigir modificaciones de la apariencia o de la función corporal para dar curso, acoger o rechazar una solicitud.[^22] - La ley reconoce además la expresión de género, que es la manifestación externa del género de la persona, por ejemplo en sus modos de hablar o vestir.[^17] - El derecho se rige por principios como la no patologización, que reconoce el derecho de toda persona trans a no ser tratada como enferma, la no discriminación arbitraria, la confidencialidad, la dignidad en el trato, el interés superior del niño y la autonomía progresiva.[^23] ### Un trámite administrativo para personas mayores de edad - Las personas mayores de edad presentan su solicitud ante cualquier oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación.[^2] El oficial verifica la identidad y la mayoría de edad del solicitante y lo cita, junto con dos testigos hábiles, a una audiencia especial en la que declaran que el solicitante conoce los efectos jurídicos de la rectificación.[^7] - El Director Nacional del Servicio debe dictar una orden de servicio dentro de cuarenta y cinco días. Solo puede rechazar la solicitud si el requirente no acreditó su identidad o si no se verificó la declaración con los testigos, y la declara inadmisible únicamente cuando la presenta una persona menor de edad.[^7] ### Un procedimiento judicial para personas mayores de 14 y menores de 18 años - La solicitud se presenta ante el tribunal de familia del domicilio del adolescente, por sus representantes legales.[^3] Debe ser fundada y explicar por qué la rectificación es beneficiosa para el adolescente.[^24] El juez cita a una audiencia preliminar dentro de quince días, en la que informa sobre las consecuencias de la rectificación y oye directamente al adolescente.[^10] - En la audiencia preparatoria el tribunal puede ordenar un informe que dé cuenta de al menos un año de acompañamiento profesional y otro que descarte la influencia determinante de terceros sobre la voluntad del adolescente.[^11] La sentencia debe ser fundada, su apelación se concede en ambos efectos con preferencia para su vista, y el Servicio de Registro Civil e Identificación solo procede a rectificar en virtud de una sentencia firme.[^11] ### Efectos de la rectificación - Acogida la solicitud o recibida la sentencia firme, el Servicio practica las subinscripciones y emite nuevos documentos que reemplazan a los anteriores para todos los efectos legales, manteniendo el mismo RUN.[^18] Desde entonces la persona debe ser reconocida conforme a su identidad de género, y la partida de nacimiento de su hijo o hija debe consignar el cambio.[^4] - La rectificación es oponible a terceros desde que se extiende la inscripción rectificada. No afecta los derechos y obligaciones patrimoniales anteriores, las relaciones de familia ni las prestaciones de salud que correspondían a la persona.[^15] Los procedimientos son reservados respecto de terceros.[^19] ### Matrimonio y no discriminación - El cónyuge de quien obtuvo la rectificación puede pedir la disolución del matrimonio dentro de seis meses, y la sentencia declara terminado el matrimonio y deja a los cónyuges en calidad de divorciados.[^14] Para ello la ley agregó una nueva causal de término en el artículo 42 de la Ley de Matrimonio Civil[^25] y un nuevo número en el artículo 1792-27 del Código Civil.[^26] - La ley amplía la Ley N° 20.609, que establece medidas contra la discriminación, para incluir la identidad y expresión de género.[^27] Quien sufra una discriminación arbitraria por esta razón puede ejercer la acción de no discriminación arbitraria de esa ley.[^20] ## 🔄 Antes y después | Materia | Antes | Ahora | Norma | | ---------------------------------------------- | --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- | ------------------------------------------------------------------------------------------------------------ | ------------------------------------------------ | | Cambio de sexo registral | Las Leyes N° 17.344 y N° 4.808 permitieron el cambio de nombre por razón de identidad de género sin rectificar el sexo registral. | Procedimiento administrativo o judicial para rectificar sexo y nombre | Arts. 9, 13 y primero transitorio, Ley 21.120 | | Causales de término del matrimonio | | Nuevo numeral 5°, por sentencia firme que acoge la solicitud de rectificación por identidad de género | Art. 27, Ley 21.120 · art. 42, Ley 19.947 | | Art. 1792-27 del Código Civil | | Nuevo número 7), por disolución del matrimonio según el numeral 5° del art. 42 de la Ley de Matrimonio Civil | Art. 28, Ley 21.120 · art. 1792-27, Código Civil | | Categorías protegidas contra la discriminación | Mencionaba "la identidad de género" | Menciona "la identidad y expresión de género" | Art. 29, Ley 21.120 · art. 2, Ley 20.609 | ## 🗺️ Mapa de actores ```mermaid flowchart TD P["Persona solicitante"] RL["Representantes legales · art. 14, Ley 21.120"] RC["Servicio de Registro Civil e Identificación · arts. 10, 11 y 20, Ley 21.120"] TF["Tribunal de familia · arts. 13, 17 y 19, Ley 21.120"] C["Cónyuge · arts. 18 y 19, Ley 21.120"] MDS["Ministerio de Desarrollo Social · arts. 23 y 26, Ley 21.120"] MS["Ministerio de Salud · arts. 23 y 26, Ley 21.120"] MJ["Ministerio de Justicia y Derechos Humanos · art. 26, Ley 21.120"] E["Entidades acreditadas sin fines de lucro · art. 23, Ley 21.120"] SS["Superintendencia de Salud · art. 20, Ley 21.120"] SP["Superintendencia de Pensiones · art. 20, Ley 21.120"] I["Isapre · art. 20, Ley 21.120"] A["AFP o IPS · art. 20, Ley 21.120"] F["Fonasa · art. 20, Ley 21.120"] O["Otras instituciones · art. 20, Ley 21.120"] P -->|"solicita si es mayor de edad · art. 10"| RC RL -->|"solicitan por el adolescente · art. 14"| TF TF -->|"ordena rectificar · art. 17"| RC RC -->|"informa la rectificación · art. 18"| C C -->|"pide disolver el matrimonio · art. 19"| TF MS -->|"colabora en el diseño de programas · art. 23"| MDS MDS -->|"acredita · art. 23"| E E -->|"acompaña y emite informe · art. 23"| P MJ -->|"reglamenta el Título III · art. 26"| RC RC -->|"informa · art. 20"| SS SS -->|"informa · art. 20"| I RC -->|"informa · art. 20"| SP SP -->|"informa · art. 20"| A RC -->|"informa · art. 20"| F RC -->|"informa · art. 20"| O ``` ## 🧭 Procedimiento ### Rectificación administrativa de personas mayores de edad ```mermaid flowchart TD A["Solicitud en cualquier oficina del Registro Civil · arts. 6 y 10, Ley 21.120"] B["Oficial informa los efectos jurídicos · art. 10, Ley 21.120"] C["Verificación de identidad y mayoría de edad · art. 11, Ley 21.120"] D["Audiencia especial con dos testigos hábiles y acta · art. 11, Ley 21.120"] E{"Orden de servicio del Director Nacional · máximo 45 días · art. 11, Ley 21.120"} F["Rechazo fundado por falta de identidad o de declaración · art. 11, Ley 21.120"] G["Inadmisibilidad e información de vías judiciales · art. 11, Ley 21.120"] H["Subinscripciones y nuevos documentos · art. 20, Ley 21.120"] I["Información al cónyuge si hay matrimonio vigente · art. 18, Ley 21.120"] J["Información a instituciones · art. 20, Ley 21.120"] A --> B B --> C C --> D D --> E E -->|"Acoge"| H E -->|"Rechaza"| F E -->|"Solicitante menor de edad"| G H --> I H --> J ``` ### Rectificación judicial de personas mayores de 14 y menores de 18 años ```mermaid flowchart TD A["Solicitud fundada de los representantes legales · arts. 13, 14 y 15, Ley 21.120"] B["Admisión y citación a audiencia preliminar · 15 días · art. 16, Ley 21.120"] C["Audiencia preliminar · información y derecho a ser oído · art. 16, Ley 21.120"] D["Audiencia preparatoria con quien no accedió a la solicitud · arts. 16 y 17, Ley 21.120"] E["Informes psicológicos o psicosociales y diligencias · art. 17, Ley 21.120"] F["Audiencia de juicio · art. 17, Ley 21.120"] G{"Sentencia definitiva fundada · art. 17, Ley 21.120"} H["Apelación en ambos efectos y con preferencia · art. 17, Ley 21.120"] I["Sentencia firme ordena rectificar al Registro Civil · art. 17, Ley 21.120"] J["Subinscripciones y nuevos documentos · arts. 17 y 20, Ley 21.120"] A --> B B --> C C --> D D -->|"Si el tribunal lo ordena"| E D --> F E --> F F --> G G -->|"Se impugna"| H G -->|"Acoge"| I I --> J ``` ### Disolución del matrimonio a solicitud del cónyuge ```mermaid flowchart TD A["Rectificación administrativa acogida · art. 18, Ley 21.120"] B["Registro Civil informa al cónyuge · art. 18, Ley 21.120"] C["Solicitud del cónyuge ante tribunal de familia · 6 meses · art. 19, Ley 21.120"] D["Admisión y citación a audiencia preparatoria de juicio · art. 19, Ley 21.120"] E["Demanda de compensación económica · art. 19, Ley 21.120"] F["Sentencia con el solo mérito de la solicitud · art. 19, Ley 21.120"] G["Término del matrimonio y cónyuges divorciados · art. 19, Ley 21.120"] H["Impugnación de efectos personales y patrimoniales · art. 19, Ley 21.120"] A --> B B --> C C --> D D -->|"Si se demanda"| E D --> F F --> G G -->|"Se impugna"| H ``` ## ⚠️ Sanciones | Infracción | Sanción | Norma | | ----------------------------------------------------------------------------------------------- | --------------------------------------------------------------------------------------------------------- | ------------------------ | | Usar maliciosamente, con perjuicio a terceros, los antiguos o nuevos documentos de identidad | Presidio menor en su grado mínimo | Art. 24, Ley 21.120[^28] | | Acto u omisión que importe discriminación arbitraria por identidad o expresión de género | Acción de no discriminación arbitraria, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o administrativa | Art. 25, Ley 21.120[^20] | | Negar o dilatar injustificadamente el informe de participación en el programa de acompañamiento | La ley no establece una sanción específica | Art. 23, Ley 21.120[^12] | ## 📚 Glosario | Concepto | Definición legal | Norma | | --------------------------------------- | -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- | ------------------------ | | Identidad de género | Convicción personal e interna de ser hombre o mujer, tal como la persona se percibe a sí misma, que puede corresponder o no con el sexo y nombre de su inscripción de nacimiento | Art. 1, Ley 21.120[^21] | | Expresión de género | Manifestación externa del género de la persona, que puede incluir modos de hablar o vestir, modificaciones corporales o formas de comportamiento e interacción social | Art. 4, Ley 21.120[^17] | | Principio de no patologización | Derecho de toda persona trans a no ser tratada como enferma | Art. 5, Ley 21.120[^23] | | Principio de autonomía progresiva | Facultad de todo niño, niña o adolescente de ejercer sus derechos por sí mismo, en consonancia con la evolución de sus facultades, su edad y madurez | Art. 5, Ley 21.120[^23] | | Testigos hábiles | No lo son las personas enumeradas en el artículo 16 de la Ley de Matrimonio Civil | Art. 11, Ley 21.120[^7] | | Programas de acompañamiento profesional | Orientación profesional multidisciplinaria con asesoramiento psicológico y biopsicosocial para el desarrollo integral del niño, niña o adolescente | Art. 23, Ley 21.120[^12] | | Dilación injustificada | No entregar el informe de participación dentro de treinta días hábiles desde que se recibió la solicitud | Art. 23, Ley 21.120[^12] | ## 📅 Vigencia y normas transitorias | Disposición | Contenido | Vigencia | Norma | | ------------------------------------ | ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- | -------------------------------------------------------------------------------- | ---------------------------------------------- | | Entrada en vigencia de la ley | Rige 120 días después de la última publicación en el Diario Oficial de los reglamentos del art. 26 | [Decreto 3 de 2019, MIDESO](https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1135462) | Art. tercero transitorio, Ley 21.120 | | Dictación de reglamentos | Reglamento de programas de acompañamiento (Desarrollo Social y Salud) y reglamento del procedimiento del Título III (Justicia y Derechos Humanos) | Dentro de seis meses desde la publicación, es decir, hasta el 10.06.2019 | Art. segundo transitorio y art. 26, Ley 21.120 | | Personas con cambio de nombre previo | Quienes cambiaron su nombre por identidad de género según las Leyes 17.344 y 4.808 pueden pedir la rectificación de su sexo registral | Desde la entrada en vigencia de la ley | Art. primero transitorio, Ley 21.120 | | Texto considerado | Versión con la última modificación introducida por la Ley 21.515 | 28.12.2022 | | [^1]: Arts. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 1|1]] y [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 2|2]], Ley N° 21.120. [^2]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 10|10]], Ley N° 21.120. [^3]: Arts. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 13|13]] y [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 14|14]], Ley N° 21.120. [^4]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 21|21]], Ley N° 21.120. [^5]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 9|9]], Ley N° 21.120. [^6]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 6|6]], Ley N° 21.120. [^7]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 11|11]], Ley N° 21.120. [^8]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 7|7]], Ley N° 21.120. [^9]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 12|12]], Ley N° 21.120. [^10]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 16|16]], Ley N° 21.120. [^11]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 17|17]], Ley N° 21.120. [^12]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 23|23]], Ley N° 21.120. [^13]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 18|18]], Ley N° 21.120. [^14]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 19|19]], Ley N° 21.120. [^15]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 22|22]], Ley N° 21.120. [^16]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 3|3]], Ley N° 21.120. [^17]: Art. [[[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 4|4]], Ley N° 21.120. [^18]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 20|20]], Ley N° 21.120. [^19]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 8|8]], Ley N° 21.120. [^20]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 25|25]], Ley N° 21.120. [^21]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 1|1]], Ley N° 21.120. [^22]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 2|2]], Ley N° 21.120. [^23]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 5|5]], Ley N° 21.120. [^24]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 15|15]], Ley N° 21.120. [^25]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 27|27]], Ley N° 21.120. [^26]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 28|28]], Ley N° 21.120. [^27]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 29|29]], Ley N° 21.120. [^28]: Art. [[Ley 21120 - Identidad de género; Rectificación de sexo y nombre registral; Procedimientos administrativo y judicial#Artículo 24|24]], Ley N° 21.120.